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11 de abril de 2012
(Edición 2012)
2012-02-09 00:00:00/
Por la cual se reglamenta el servicio de Reclutamiento y Movilización. Servicio Militar Obligatorio. Situación Militar. Inscripción. Exámenes. Incorporación. Cuota de Compensación Militar. Exenciones y Situaciones Especiales. Infractores. Sanciones. Junta para Remisos. Movilización.
Ver más: Ley 48 de 1993 [+]2010-01-20 00:00:00/
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Ver más: Decreto 2048 de 1993 (Funciones organismos de reclutamiento) [+]2010-01-20 00:00:00/
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Ver más: Decreto 2124 de 2008 (Reglamenta cuota de compensación militar) [+]Archivo .pdf
2012-02-09 00:00:00/
ARTíCULO 105. LIBRETA MILITAR. El Ministerio de Defensa Nacional por intermedio del Ejercito Nacional, en un período máximo de dos (2) años a partir de la fecha de vigencia del presente decreto, iniciará un servicio en línea que facilite al ciudadano consultar en cualquier momento el estado de su situación militar, así como realizar la inscripción, cancelar el valor de la cuota de compensación militar y la expedición de un certificado que acredite que ya definió su situación militar.
Parágrafo transitorio.
El servicio de reclutamiento programará durante el año 2012 convocatorias especiales, con el propósito de solucionar la situación militar de manera definitiva a los bachilleres y no bachilleres mayores de edad inscritos hasta el 31 de diciembre de 2011.
A los bachilleres de grado once, previo proceso de inscripción, exámenes de selección y sorteo, en coordinación con el Colegio, se les convocará a concentración únicamente durante el transcurso del siguiente año contado a partir de su graduación y, a su término, de no ser incorporados se les resolverá su situación de manera definitiva, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en las normas vigentes de reclutamiento.
En el siguiente link usted puede descargar la versión PDF del Decreto para su consulta.